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Ancash: 53 incendios forestales y un fallecido el 2021

El ultimo incendio forestal se produjo el 8 de agosto.

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El ultimo incendio forestal se produjo el 8 de agosto.

 

El ultimo incendio forestal se produjo el 8 de agosto a las 14:00 horas aproximadamente, el cual dejó una persona fallecida de sexo femenino de 77 años de edad y daños a la cobertura vegetal en el sector Güero Güero del distrito de Sicsibamba, provincia de Sihuas.

 

De acuerdo al reporte del COER Áncash, los 53 incendios han afectado un total de 626.38 hectáreas de pastos naturales, áreas de cultivos, bosques, entre otros.

 

Especialistas del COER Áncash monitorean los incendios forestales a través del visor del Geoserfor y validan la información mediante los responsables de Gestión de Riesgos de Desastres de las municipalidades distritales y provinciales quienes realizan la evaluación de daños.

 

Los incendios forestales emiten a la atmósfera grandes cantidades de dióxido de carbono (CO2); además, de otros gases y partículas, el cual generan el efecto invernadero y el cambio climático. Las partículas de carbón y las cenizas en suspensión, tienen un efecto perjudicial en la salud de las personas.

 

En el primer y segundo nivel de emergencia, de acuerdo al artículo 14 de la ley 29664, los gobiernos locales, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos prevención, reducción, estimación, preparación, respuesta rehabilitación y reconstrucción de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia. En el proceso de prevención, los alcaldes deben realizar campañas informativas y de sensibilización hacia su población a fin de que los habitantes no generen incendios.

 

En caso de incumplimiento de la ley por parte de las autoridades, los gobernadores y alcaldes pueden ser sancionados con inhabilitación temporal o definitiva, según la ley 29966 y la la Ley N° 30779 (Ley que dispone medidas para el fortalecimiento Sinagerd).

 

Por otro lado, las personas que generen incendios pueden ser sancionados de 3 a 6 años con pena privativa de libertad con prestación de servicios comunitarios, según el artículo 310 referente a los delitos contra los recursos naturales, D.L. 635.

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