Lo que le impediría juramentar al cargo el 01 de enero del 2015
La Sala Penal
Liquidadora Permanente de la Corte
Superior de Justicia de Ancash, que
contó con la ponencia al Juez Superior Edhin Campos Barranzuela, declaro nula la sentencia que absolvió a los acusados Teófilo Marcos
Cervantes, Mario Huerta Rojas y Gervacio Huerta Rojas, de la acusación fiscal formuladas en sus contra, por la comisión del delito
Contra la Fe Pública-Falsedad Ideológica, en agravio de la municipalidad
distrital de Huallanca y Julio Huerta
Rojas. La Sala Penal conformado también por los jueces Velezmoro Arbaiza y López
Arroyo, ordeno emitir un nuevo pronunciamiento, es decir una nueva
sentencia al juez competente de la
provincia de Bolognesi, teniendo en
cuenta la parte considerativa de la
presente resolución.
La resolución 44,
de la Sala Penal, estipula que el 19 de
mayo del 2009, los hermanos Mario Huerta Rojas y Gervasio Huerta Rojas,
requirieron a la autoridad edil una certificación o constancia de su propiedad
del Fundo “Ventocilla”, en el entendido que en 1999, cuando estuvo de alcalde
Luis Barrenechea Martel sus hermanos Julio y
Teresa Huerta Rojas se opusieron al contrato de alquiler que debían
celebrar en aquel entonces con la
municipalidad de Huallanca aduciendo ser propietarios de su fundo, información
que no fue del todo vertido por el
alcalde Procesado Teófilo Marcos, en el certificado expedido.
Se advierte también
de la copia certificada, en la que
además de confundir el año solicitado por su co procesados, por haber expuesto en
su solicitud, asevero lo expuesto por ello
sobre la oposición que efectuaron sus otros dos hermanos , hoy
agraviados, sin tener a la vista documentos fehacientes que corroboren lo señalado,
pese a que el mencionado procesado por
el cargo que ostentaba debió haber comprobado efectivamente; además los
procesados Mario Huerta Rojas y Gervasio Huerta Rojas con el pleno
consentimiento y sabiendas del contenido
del documento utilizaron el mismo en un proceso
civil de nulidad de acto jurídico que demando el agraviado, por el que
los procesados señalados dedujeron la excepción de prescripción extintiva,
adjuntando entre sus documentos sustentatorios el certificado con contenido
falso, el mismo que fue tomado en cuenta por el colegio superior de justicia
para la resolución del conflicto
presentado.
“Que de la revisión
minuciosa y compulsa efectiva de las
pruebas obrantes y actuadas en autos, la
comisión del ilícito penal imputado ha quedado debidamente acreditada, mas aun
si como ya lo hemos descrito el tipo penal de Falsedad Ideológica consiste en
la introducción de datos falsos, en la aseveración de algo que no es verídico,
todo ello introducido en documentos de
interés público”, refiere Edhin Campos,
en su resolución, que obraría en el despacho del Juez Penal de la
provincia de Bolognesi, quien tendrá que emitir una nueva sentencia.
Es de precisar,
según la denuncia penal, el 27 de mayo
del 2009, el acusado Teófilo Marcos Cervantes en su condición de alcalde de
Huallanca, expidió la certificación respecto a que el Fundo “Ventocilla”, de
propiedad de sus co procesados Mario Huerta Rojas y Gervasio Huerta Rojas, fue
alquilado para el relleno sanitario a dicho municipio en el año de 1998, cuando
estuvo de alcalde Luis Barrenechea Martel, sin embargo fue suspendido este
contrato de alquiler por cuanto Julio
Huerta Rojas y Teresa Huerta Rojas se opusieron aduciendo ser propietarios del
fundo antes aludido.
Es el caso que en
año 1998, la persona de Luis Barrenechea Martel no se encontraba ejerciendo la
alcaldía del municipio de Huallanca, sino que se encontraba en el cargo Willian
Marcos Cardich, de tal manera que el ahora ex alcalde procesado habría insertado
declaraciones falsas a favor de sus co procesados, los mismos que hicieron uso
del mismo, presentándolo en un proceso judicial de nulidad de actos jurídicos
en donde eran demandados por el agraviado. Teófilo Marcos Cervantes, fue electo nuevamente alcalde de Huallanca en
las últimas elecciones y por este
proceso judicial y otros no podría jurar al
cargo. (HUGO GONZALES HENOSTROZA).
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