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Denuncian supuesto favoritismo judicial a Antamina

Ante proceso judicial que sostiene con Rio Mosna.

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Ante proceso judicial que sostiene con Rio Mosna.


 


Hace poco, Pro Justicia informo  del intento que viene realizando la multinacional Minera Antamina S.A. para detener el proceso que viene siguiendo Rio Mosna  S.A.C. contra dicha empresa, a fin de que paralice las obras que viene llevando a cabo en el área de sus concesiones mineras ubicadas en la provincia de Llata.


 


La clave para ello fue la acción de amparo interpuesta a mediados de diciembre del 2013 ante el Segundo Juzgado Civil de Huaraz, en la cual Antamina solicita que se ordene a Rio Mosna se abstenga de realizar actividades “que estén destinadas por cualquier medio a la explotación, extracción, y explotación, o en general, actividad alguna, en el bien inmueble de propiedad de la demandada del predio denominado Yanacancha”, aduciendo que estaba violando sus derechos de propiedad y libre empresa, entre otros.


 


 De acuerdo a Antamina, el proceso seguido en Llata implica no solo a sus derechos constitucionales a la propiedad y la libre empresa, sino también un abuso de derecho procesal por parte de Rio Mosna, redundando todo ello “en perjuicios patrimoniales que ponen en peligro en funcionamiento de sus operaciones”. Claramente esto último es una exageración, dado que las operaciones de una empresa como Antamina  no pueden depender de la existencia de un solo botadero de desechos. Sin embargo, el pasado 20 de diciembre, mediante resolución No. 1, la jueza Piedad Talledo Guarderas  admitió a trámite la demanda de amparo, generando una controversia jurídica innecesaria.


 


Ante ello, el 10 de enero del presente año Rio Mosna se apersonó al proceso y solicitó la nulidad del auto admisorio, además de contestar dicha demanda. El principal argumento expuesto por esta empresa fue -tal como lo ha venido señalando a lo largo del proceso- que los juzgados de Huaraz resultan incompetentes para conocer del proceso, dado que tanto la Corte Superior de Justicia de Huánuco, como la Corte Suprema, ya habían señalado que la competencia del proceso correspondía a Llata y al distrito judicial de Huánuco, de acuerdo a lo facultado en el art. 24º del Código Procesal Civil, que permite que “además del juez del domicilio del demandado, también es competente a elección del demandante, el juez del lugar en que se encuentre el bien o bienes, tratándose de pretensiones sobre derechos reales”.


 


 A pesar de ello, el 10 de enero del 2014 la jueza Talledo emitió la resolución No. 2 (que extrañamente aparece fechada el 20 de enero), declarando la nulidad de todo lo actuado e improcedente la demanda por razón de competencia territorial, alegando que, en tanto “el aparente derecho afectado de la demandante es el predio denominado “Yanacancha” que se encuentra ubicado dentro de la jurisdicción de la provincia de Huari. En donde funciona un juzgado civil” es allí donde debería verse el proceso, ordenando por ello que se remita de oficio el caso al Juzgado Civil de la provincia de Huari.


 


Como puede apreciarse, extrañamente la jueza dejó de lado lo dispuesto por la Sala Civil de Huánuco y la Corte Suprema, a pesar de que con la decisión de esta instancia estaba claro que, en todo lo relacionado al proceso entre Antamina y Rio Mosna, el juzgado mixto de Llata era el competente.


 


Más aún, mediante resolución No. 3 de fecha 30 de enero -esto es, un día antes del período vacacional del Poder Judicial- la propia magistrada declaró “consentida” su decisión a solicitud de Antamina,  a pesar de que erróneamente lo que “consintió” fue su primera resolución admisoria y no -como debió ser- la resolución que anula todo lo actuado y lo remite a Huari.


 


 Ante estas claras irregularidades, el 3 de febrero pasado Rio Mosna  presentó un recurso de apelación contra la resolución No. 2, a fin de impedir que el expediente del amparo sea remitido al juzgado de Huari, además de un pedido de nulidad de la resolución No. 3, debido a las claras irregularidades alrededor de este auto, ya que no solo se emitió cuando Rio Mosna aún no había sido debidamente notificada de la segunda resolución, sino que se dio a solo 2 días de recibida la solicitud de Antamina, la que extrañamente fue notificada mucho antes que Rio Mosna.


 


 Según ProJusticia, todo ello muestra que, tal como se sospechaba, la justicia de Huaraz parece extrañamente favorable a Antamina, lo cual puede ser aún más grave si el caso llegase al juzgado de Huari, donde Antamina  domina claramente las decisiones de sus autoridades. Por ello, esperamos que la jueza Talledo pueda reflexionar sobre su proceder en estos días de vacaciones, impidiendo que se “consienta” una injusticia contra Rio Mosna, además de cumplir con lo dispuesto por las instancias superiores del Poder Judicial.


 

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