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Política

¿Lista de Hitler Leyva no logró su inscripción ante el JEE de Huaraz?

La autoridad electoral precisa que la organización política presentó la documentación en formato físico y requiere el ingreso de los datos a la plataforma informática para proceder con la calificación.

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El Jurado Electoral Especial de Huaraz emitió la Resolución N° 00905-2026-JEE-HRAZ/JNE, en la cual se detalla la situación procesal de la solicitud de inscripción de la lista de candidatos de la organización política Frente de la Esperanza 2021 para la provincia de Huaraz. El documento aclara el estado del trámite tras constatarse que los documentos no figuraban en la plataforma virtual del organismo electoral.

 

De acuerdo con el informe de la Secretaría Jurisdiccional, el partido político presentó la solicitud de inscripción y sus respectivos anexos de manera física en soporte de papel el 16 de junio del 2026. Al momento de la revisión al cierre de esta edición, el sistema informático Declara+ no reportaba ningún registro o antecedente digital de dicha postulación, una situación que impedía el inicio de la evaluación integral de los requisitos de la lista.

 

Ante este escenario, el pleno de la autoridad electoral determinó la aplicación de las directivas establecidas por la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones para casos en los que la documentación física se entrega de forma oportuna pero carece de un registro en la plataforma virtual. La resolución aclara que esta medida tiene una finalidad instrumental para incorporar los datos al sistema y no representa una aprobación o rechazo de los requisitos legales de los candidatos.

 

El pronunciamiento dispone requerir al personero legal de la organización política, Marcelino Gutiérrez Valenzuela, el registro de la totalidad de la información y los anexos en la plataforma Declara+. Para tal efecto, se fijó una habilitación excepcional del acceso al sistema informático para el día viernes 26 de junio de 2026, en el horario comprendido desde las 08 de la mañana hasta las 08 de la noche, otorgando un plazo de 12 horas contadas a partir de la activación dispuesta por la Oficina General de Tecnologías de la Información. Sin embargo, vencido el plazo no hay registro de trámite actualmente que haya inscrito la lista virtual.

 

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