La Contraloría General recomendó a la Dirección Regional de Salud (Diresa) de Áncash garantizar la transparencia y el cumplimiento de las políticas establecidas para la adquisición de bienes y la contratación de servicios en el marco de la Emergencia Sanitaria COVID-19, de manera que se asegure la idoneidad y oportuna distribución de los equipos de protección personal a los profesionales del sector salud.
En el Informe de Visita de Control N° 3924-2020-CG/GRAN-SVC se
observó que hasta el 28 de abril, fecha de la supervisión, el proveedor encargado
de abastecer a la entidad con dos mil mascarillas N 95, no cumplió con la
entrega en la fecha establecida, incumpliendo con lo dispuesto en el “Documento
Técnico de Prevención Diagnóstico y Tratamiento de Personas
Afectadas por COVID-19 en el Perú” que determina asegurar la disponibilidad del
material para el uso de los trabajadores de salud en cantidad y calidad
adecuada.
Además, se precisa que el requerimiento
para los equipos de protección personal se realizó sin acreditar las
especificaciones técnicas, las mismas que fueros regularizadas después de
emitir los pedidos de compra. Fue así que el 25 y 31 de marzo la Dirección de
Medicamentos Insumos y Drogas solicitó al Área de Logística de la Diresa la
adquisición de estos; sin embargo, recién el 8 de abril presentó las
especificaciones técnicas, es decir, las órdenes de compra se emitieron a
los proveedores sin contar con dichos requisitos.
Tras ser consultado por la comisión de
auditores, el director de Medicamentos Insumos y Drogas de la Diresa aseguró
que las especificaciones técnicas se hicieron de manera presencial con el área
de Logística, en base a los requerimientos que establece el Centro
Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (CENARES),
sin embargo, no se dejó constancia de ello.
El documento, también precisa que la Diresa
contrató a otro proveedor para la adquisición de gorros descartables de
enfermería, guantes para examen descartable de nitrilo sin
polvo, protectores oculares descartables, mascarillas descartables
quirúrgicas de tres pliegues y botas descartables cubre calzado para cirujano;
por un total de S/ 390,450.00.
De acuerdo al contrato, el proveedor tenía
un plazo de tres días para cumplir con abastecer los equipos de protección
especial; no obstante, la entrega se hizo con una semana de retraso. Además,
el responsable del almacén dio conformidad al ingreso de algunos bienes a
pesar de que no cumplían las especificaciones técnicas. La Diresa debía
adquirir guantes para examen descartable de nitrilo pero en su lugar recibió
guantes descartables de látex. Pese a ello, la entidad cumplió con el pago
total a la empresa proveedora.
Se identificó, además, que otro de los
proveedores viene entregando la indumentaria de manera parcial. Durante la
visita al almacén el 17 de abril, se advirtió que hasta esa fecha la empresa
encargada de abastecer de mandilones y mamelucos a la Dirección Regional de
Salud no había entregado la totalidad de los bienes. Por ejemplo, de los 800
mamelucos descartables requeridos, el proveedor solo entregó 675, de
igual forma, de los 5 mil mandilones desechables talla M solo
llegaron a almacén 210 unidades, pese a ser
una contratación directa en el que el proveedor debe contar con la
disponibilidad inmediata de los bienes contratados.
Otra de las
observaciones radica en que la entidad contrató el servicio de transporte de
medicamentos e insumos médicos para el año 2020, bajo la modalidad de
contratación directa por la emergencia sanitaria, por S/ 190,000.00 aun cuando
no se encontraba en la relación de bienes y servicios aprobado en el Plan de
acción, vigilancia, contención y atención de casos del nuevo covid-19, lo que
limitó que otras empresas puedan participar y con ello acceder a mejores
ofertas del mercado.
Las situaciones adversas identificadas
fueron comunicadas al titular de la Dirección Regional de Salud para que, de
acuerdo a sus competencias, adopte las medidas preventivas y correctivas que
aseguren la continuidad del servicio y oportuno abastecimiento de Equipos de
Protección Personal a los profesionales de la salud, las mismas que deberán ser
comunicadas al Órgano de Control Institucional de la DIRESA.