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Ancash

Colegio Regional de Obstetras rechazan resolución ministerial 686-2023-MINSA

Al modificar el tercer párrafo del acápite referido a exámenes auxiliares basales del numeral 6.1.2. atención prenatal reenfocada frente al cual expresamos nuestro rechazo absoluto

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El Consejo Directivo del Colegio Regional de Obstetras IX ANCASH-HUARAZ y sus colegiados se dirigen y comunican a las autoridades del MINSA, ESSALUD, SANIDAD CLINICAS GOBIERNO REGIONAL, DIRESA, REDES DE SALUD, SOCIEDAD ANCASHINA Y POBLACIÓN EN GENERAL, que ante la publicación en el Diario Oficial EL PERUANO sobre la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nro 686-2023/MlNSA del día 18 de julio del año en curso, dentro de la cual se establece modificar el tercer párrafo del acápite referido a EXAMENES AUXILIARES BASALES del numeral 6.1.2. Atención Prenatal Reenfocada frente al cual EXPRESAMOS NUESTRO RECHAZO ABSOLUTO ante dicha norma por los siguientes motivos:

  1. Vulnera lo establecido por la ley Universitaria así como los estudios de segunda especialidad en ECOGRAFIA OBSTETRICA llevadas a cabo en universidades de nuestro país las mismas que tienen el reconocimiento de SUNEDU, máxima instancia en educación universitaria; es por ello que los obstetras que cuentan con esta especialidad están capacitados y altamente especializados ofertando sus servicios a la población gestante que vive en zonas alejadas y distantes de la ciudad y en hospitales dependientes del sector público así como en el sector privado.

 

  1. En los tiempos actuales el uso de la tecnología como es la ecografía obstétrica viene siendo utilizado en los países del primer mundo, tanto por los profesionales médicos y obstetras, pues permite ofertar un mejor servicio a las pacientes en el cuidado de la salud materna, por lo que las curriculas de las escuelas de obstetricia de muchas de universidades públicas y privadas establece el dictado del curso de ecografía obstétrica desde el pre grado, estableciendo los pilares académicos en su formación profesional.

 

  1. Vulnera el derecho al trabajo de profesionales Obstetras, que cumpliendo con el rigor académico de una universidad y luego obteniendo un título de especialidad dentro del ámbito de perfil profesional, como es el/la especialista en ecografía obstétrica, ejerce sus funciones en el ámbito público y privado, demostrando competencia técnica idónea en el desarrollo de su ejercicio profesional y permitiendo que la población gestante tenga el derecho de recibir servicios obstétricos, acorde a los tiempos actuales, lo que permite que los indicadores de proceso e impacto como es la morbimortalidad materna perinatal disminuyan en bien de nuestra sociedad.

 

  1. Dentro del marco legal llama nuevamente la atención que las autoridades del MINSA no respeten el ordenamiento jurídico establecido por KELSEN, tal es así que la Resolución Ministerial en mención no puede contravenir el orden constitucional de una norma de mayor jerarquía como es una ley, un Decreto Supremo o Decreto Ley. En ese sentido esta norma no solo carece de argumentos técnicos, sino fundamentalmente carece de legitimidad, trasgrediendo de esta manera la jerarquía normativa de la ley como son: LEY GENERAL DE SALUD 26842, LEY 23346 RECONOCIMIENTO COMO PROFESION MEDICA, LEY DEL TRABAJO DE LA OBSTETRIZ 27853, LEY GENERAL DE SALUD 26842, D.S008-2003-SA REGLAMENTO DE LA LEY DEL TRABAJO DE LA OBSTETRIZ, entre otros, exponiendo la salud de la población y los derechos laborales de los obstetras.

 

  1. Por ello RECHAZAMOS este acto administrativo del MINSA por ser IRREGULAR, Y DISCRIMINATORIO que contraviene con el ejercicio profesional del profesional obstetra, la salud pública de la población, pidiendo su NULIDAD INMEDIATA.

 

  1. Por lo tanto, EXIGIMOS a las autoridades respeto a la profesión de obstetricia y su marco normativo legal, así como a los obstetras especialistas en ecografía obstétrica que respaldan nuestro ejercicio profesional. OBST.LEILA MONTANE LOPEZ, Decana Regional del Colegio Regional de Obstetras IX – Ancash Huaraz

 

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