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Recibimos 2 carta notariales y aquí nuestra respuesta sobre el caso

La Pepa aclara menciones de cartas notariales.

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Dos cartas notariales recibidas por el programa “La Pepa” abordan acusaciones de presunto daño laboral. Los documentos llegaron el 15 de agosto y provienen de los profesionales Martín Lizárraga y Greissi Sánchez, mencionados en un informe de Contraloría sobre la entrega de medicamentos de la Dirección Regional de Salud (DIRESA). Ambos profesionales afirman que los comentarios del programa les han perjudicado laboralmente y solicitan una respuesta formal.

Martín Lizárraga, a través de la carta notarial 1812, exige una rectificación de los comentarios hechos en el programa los días 12 y 13 de agosto, alegando que estos le han generado problemas laborales. En respuesta, el programa presentó fragmentos de sus emisiones donde se mencionó el término robo, explicando que Fresia Liendo, quien recibió la donación, afirmó no haber trabajado en la Casa Refugio Mujer y que su firma fue falsificada.

Se citó el Informe de Control Específico 16-2024 de la Contraloría, el cual concluye que existió un perjuicio económico a la DIRESA por más de 63 mil soles, algo que Lizárraga cuestionó. También se mencionó la Directiva Administrativa 249-2018 del DIGEMID, que especifica la necesidad de informes técnicos para las transferencias o donaciones, sin mención de que puedan ser orales.

La carta notarial de Greissi Sánchez, aunque similar, agrega que no deben publicarse fotografías de su vida privada y que no es amiga de Fresia Liendo. El programa cita el Artículo 14 de la Ley de Protección de Datos Personales y la Sentencia 87-2022 del Tribunal Constitucional, que permiten el uso de imágenes personales en el contexto de derecho a la información y supervisión pública de funcionarios. Sobre la supuesta amistad, el programa señala que fue una conclusión derivada de que Fresia Liendo afirmó haber sido contactada por Sánchez para recibir medicamentos.

Ambos profesionales mencionan daños laborales y psicológicos y solicitan una declaración del programa en un plazo de 24 horas. El programa expresa su intención de no causar perjuicio y pide a las autoridades investigar el caso mientras se asegure a los afectados que se respete su derecho al trabajo.

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