Lo que debía ser una demostración de respaldo y solidez política, terminó convirtiéndose en un «disparo a los pies» para el partido Acción Popular en la zona de los Conchucos. Y es que, ante los fuertes rumores de que el Juzgado de Investigación Preparatoria de Huari habría dictado una dura sentencia condenatoria contra el precandidato al distrito de Chavín de Huántar, Julián Quevedo Rosales Silva, su socio político salió a defenderlo, pero el remedio resultó peor que la enfermedad.

Manuel Espinoza, actual precandidato a la alcaldía provincial de Huari por el mismo partido (Acción Popular), intentó dar la cara ante la prensa local para calmar las aguas. Sin embargo, en lugar de transmitir confianza, Espinoza hizo el ridículo político al admitir públicamente que las cosas para Quevedo están mal, que la investigación es real y que, efectivamente, podría ser sentenciado.
En un alarde de total desconocimiento de la norma electoral, Espinoza intentó minimizar la situación asegurando que, incluso si el juez condena a Quevedo, este «podría apelar» para seguir tranquilamente con su campaña. Lo que el señor Espinoza ignora a pesar de ser abogado —o intenta ocultar a los electores— es que la ley en el Perú ha cambiado y es implacable con los candidatos sentenciados.
El Artículo 34-A de la Constitución Política del Perú es clarísimo y tumba por completo la defensa de Espinoza, «Están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso».
¿Qué significa esto? Que si el juez emite la sentencia contra Julián Quevedo (por tratarse de un delito doloso y grave), queda automáticamente inhabilitado para postular, por más que patalee, llore o apele a una instancia superior. La apelación podrá seguir su curso legal para ver si va o no a prisión, pero su sueño de sentarse en el sillón municipal de Chavín de Huántar quedaría aniquilado de inmediato. Cualquier ciudadano podría presentar una tacha para sacarlo de carrera o el propio Jurado Electoral Especial lo excluiría de oficio.
Cabe recordar que esta inminente resolución judicial se remonta a un salvaje episodio ocurrido el 21 de noviembre de 2016 en el Centro Poblado de Putcor. En aquel entonces, un grupo de ciudadanos se encontraba recolectando firmas para revocar al exalcalde Joel Rosales Vega (primo hermano del hoy candidato Julián Quevedo).
Según la investigación del Ministerio Público, al lugar habrían llegado más de 10 personas en camionetas, quienes presuntamente descendieron haciendo disparos al aire y masacraron a golpes, patadas y pedradas a los pobladores, dejándolos en medio de un charco de sangre. De no ser por la intervención de la población, el desenlace habría sido fatal.
Por estos hechos, el Ministerio Público habría hallado suficientes elementos de convicción para pedir condenas por los delitos de Lesiones Graves, Perturbación de Proceso Electoral y Peligro Común. Trascendió que la sentencia que se habría dictado (o estaría a punto de confirmarse) impondría 4 años y 2 meses de prisión para Quevedo y otros implicados, y más de 5 años para el autor de los disparos.
La torpe intervención de Manuel Espinoza no solo ha dejado mal parado a su compañero de fórmula, sino que ha encendido las alarmas en Acción Popular. De confirmarse la sentencia en primera instancia, el partido de la lampa se quedaría sin candidato en Chavín de Huántar, nada menos que el segundo distrito con mayor canon minero de toda la región Áncash.
Por su parte, Julián Quevedo, de concretarse el fallo, vería cómo su carrera política se frena en seco, quedando reducido una vez más al papel del «eterno candidato» que nunca pudo llegar al poder, esta vez, frenado por el peso de la ley y hundido por las declaraciones de su propio aliado.
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