El Jurado Electoral Especial (JEE) de Huaraz, bajo la presidencia del juez superior Armando Marcial Canchari Ordóñez, emitió la Resolución N° 01030-2026-JEE-HRAZ/JNE con fecha 21 de julio de 2026. Mediante este pronunciamiento, el órgano electoral resolvió admitir y mandar a publicar la fórmula y lista de candidatos al Gobierno Regional de Áncash presentada por el Partido País para Todos, cuyo candidato a gobernador es el cuestionado exalcalde de Huaraz, Vladimir Antonio Meza Villarreal. La decisión convierte a esta agrupación en la única lista regional cuya admisión ha sido concretada hasta la fecha por el fuero electoral huaracino.

La resolución se dicta tras transcurrir más de un mes desde que la organización política ingresó formalmente su solicitud de inscripción el pasado 19 de junio de 2026 mediante el sistema DECLARA+. La dilatada demora procedimental, que supera los 30 días para definir la admisión inicial de una fórmula regional, viene generando suspicacias e interrogantes en el ámbito político y ciudadano. Diversos sectores cuestionan por qué listas de otros partidos que presentaron sus expedientes de inscripción los días 15 o 16 de junio aún no han obtenido un pronunciamiento sobre su admisión, mientras que la solicitud de País para Todos, ingresada con posterioridad el 19 de junio, ya ha sido resuelta favorablemente en sus extremos principales.
A este escenario de celeridad selectiva se suman los señalamientos surgidos en redes sociales, donde de manera recurrente se ha sugerido una supuesta cercanía entre Vladimir Meza Villarreal y el juez superior Armando Canchari Ordóñez, actual presidente del JEE de Huaraz. A la fecha, dicha autoridad electoral no ha desvirtuado públicamente tales imputaciones ni ha aclarado la existencia de tales vínculos, una omisión que, sumada al sentido y los tiempos de la Resolución N° 01030-2026, acrecienta las sospechas sobre un presunto trato preferencial o apoyo velado hacia la candidatura de Meza.
El trámite de la lista de País para Todos se inició el 19 de junio de 2026 cuando el personero legal titular, Juan Brayan Guzmán Huamán, ingresó la solicitud. Posteriormente, el 4 de julio, el JEE de Huaraz declaró inadmisible la petición inicial mediante la Resolución N° 00958-2026 por el incumplimiento de diversos requisitos formales y de fondo. Luego de ser notificado el 7 de julio, el personero legal presentó su escrito de subsanación el 9 de julio a las 21:57 horas, dentro del plazo legal de dos días calendario.
Tras la evaluación del escrito de subsanación, el colegiado conformado por Armando Canchari Ordóñez, María del Carmen Malarín Gambini y Josefath Antonio Leo Moreno determinó amparar la mayoría de los extremos observados y declarar la improcedencia de cuatro candidaturas específicas:

En relación a la acreditación del domicilio de dos años continuos en sus respectivas provincias, el tribunal electoral validó la documentación probatoria presentada por Lourdes Nérida Rosales Gómez (Huaraz), Diana Yesenia Avelino Atanacio (Yungay), Olga Hildaura Tam Moreno (Casma), Danitza Daniela García Ambrosio (Casma), Walter Óscar Moreno Tarazona (Pomabamba), Katia Duberlith Moreno Rojas (Mariscal Luzuriaga) y Henry Leonid Huamán Torre (Bolognesi). En estos casos se admitieron copias de DNI anteriores, actas de constatación de jueces de paz, historial de afiliación al Seguro Integral de Salud (SIS), contratos de arrendamiento con firmas certificadas y boletas de pago junto a resoluciones de reasignación laboral.
Respecto a las discrepancias observadas entre la solicitud de inscripción y el acta de elecciones primarias en las provincias de Huaraz, Mariscal Luzuriaga y Pomabamba, el JEE dio por subsanada la observación al valorar las explicaciones de la organización política y la Fe de Erratas N° 01-2026-TEN/PPPT. El tribunal concluyó que las inconsistencias se trataron de un error material durante el registro interno de información y no de una alteración sustancial del resultado electoral interno.

En lo relativo a las Declaraciones Juradas de Consentimiento de Participación (Anexo 1), se tuvieron por subsanados los expedientes de 43 candidatos que adjuntaron sus formatos corregidos, con firma, huella dactilar y consignando la denominación completa del «Partido País para Todos». No obstante, el jurado declaró la improcedencia de las candidaturas de Vilma Valencia Díaz (accesitaria por Huari) y Niquer Ademar Vidal Liñán (accesitario por Sihuas) al no haber presentado el Anexo 1 dentro del plazo de subsanación. Se precisó que al ser ambos candidatos accesitarios, su exclusión no invalida a los titulares de dichas provincias.
El punto de mayor rigor normativo se aplicó al candidato Silvino Nazario Ramírez Giraldo, actual alcalde del distrito de Yungar y postulante a consejero regional titular por la provincia de Carhuaz. La organización política pretendió justificar su solicitud de licencia sin goce de haber por solo 30 días con eficacia al 4 de septiembre de 2026, invocando el régimen general de funcionarios. Sin embargo, el JEE desestimó dicho argumento en virtud del principio de especialidad, señalando que la Ley de Elecciones Regionales exige de forma taxativa una licencia de 120 días antes de los comicios para los alcaldes en ejercicio que postulen a consejeros. Al no haber acreditado la licencia formal en el plazo normativo, se declaró la improcedencia de la candidatura de Ramírez Giraldo. Como consecuencia directa y en aplicación estricta del numeral 33.8 del Reglamento de Inscripción, el JEE dispuso tampoco admitir la postulación de su accesitario, Romel Gaspar Chamara Cadillo.
Con la admisión parcial de la fórmula encabezada por Vladimir Meza Villarreal y Tatiana Yaniret Lavado Rodríguez como vicegobernadora, la Resolución N° 01030-2026-JEE-HRAZ/JNE dispone la publicación de la lista en el portal del JNE y en el panel del JEE de Huaraz para dar inicio al periodo reglamentario de tachas que la ciudadanía o las agrupaciones contendoras puedan interponer.
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