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Ancash

Independencia: “Reembolsan” S/ 4,500 a secretaria general sin sustento legal

No existe directivas y se dan pagos sin sustento legal, según la Contraloría.

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La Contraloría General de la República ha identificado irregularidades en la Municipalidad Distrital de Independencia, específicamente en los procedimientos administrativos relacionados con el pago de reembolsos. El Informe de Acción de Oficio Posterior 024-2-2024-OCl/4603-AOP revela que la entidad no implementó directivas ni lineamientos específicos para regular estos procesos de reembolsos, contraviniendo la normativa vigente y dejando en evidencia deficiencias en el manejo financiero público.

El caso más relevante involucra un reembolso de S/ 4,500 soles otorgado a Mercedes Karin Castillo Pineda, actual secretaria general de la municipalidad, por concepto de “transporte de carga regional y nacional”. Este pago se habría efectuado amparado en el Acuerdo de Concejo N° 004-2023 y la Resolución de Alcaldía N° 079-2023-MDI, utilizando una factura emitida por la empresa Arequipa Expreso Marvisur E.I.R.L. Sin embargo, la Contraloría concluyó que el procedimiento no tiene respaldo normativo necesario para garantizar su legalidad.

El informe detalla que la Gerencia de Administración y Finanzas le pagó a Karin Castillo a pesar de no contar con una directiva específica para regular reembolsos. En su lugar, se aplicaron disposiciones generales como las Normas Generales del Sistema Nacional de Tesorería y el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444. Pese a las recomendaciones previas del Gerente de Asesoría Jurídica y del titular de la entidad para implementar una directiva que regule estos procedimientos. Lo más grave es que hasta la fecha no se han adoptado medidas correctivas.

En su descargo, Mercedes Castillo argumentó que el reembolso fue necesario para “garantizar el traslado de bienes donados a favor de la municipalidad”. Afirmó. Sin embargo, el OCI determinó que el pago se realizó al margen del marco normativo aplicable, lo que cuestiona su legalidad.

La Contraloría también informó que este tipo de pagos solo procede si están expresamente autorizados por ley, según lo estipulado en el artículo 56 del TUO de la Ley N° 27444. La ausencia de una directiva interna clara derivaría en responsabilidades para los funcionarios involucrados. Además, si se confirma un manejo indebido o doloso del dinero público, podría denunciarse el caso por peculado.

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