En estricto cumplimiento de nuestro deber de informar con veracidad y en ejercicio de la libertad de prensa consagrada en la Constitución, este medio de comunicación responde a la Carta Notarial enviada por el consejero regional Félix Teodorico Romero López, respecto a nuestro informe periodístico del 6 de junio de 2025, titulado «Escándalo de consejeros: Usurpación, plagio, depredación en pesca y favorecimiento a privados«.
Reafirmamos cada una de las afirmaciones contenidas en nuestra publicación, pues se basan en documentos públicos, hechos ocurridos en una sesión oficial del Consejo Regional y un análisis diligente de las implicancias de los mismos. La carta del consejero, que curiosamente consigna como fecha el 13 de junio pero fue notificada el 16 del mismo mes, no logra desvirtuar los hechos; por el contrario, expone una preocupante falta de comprensión sobre el rol de la prensa y las obligaciones de un funcionario público.
Consejero incapaz
El consejero Romero se siente agraviado por la afirmación de que fue «incapaz de defender técnicamente las aberraciones contenidas en su propio dictamen«. Nuestra afirmación no es un insulto, sino una descripción real y una opinión crítica basada en su actuación pública y registrada. Como se evidenciará en el material audiovisual de la sesión que este medio pone a disposición de la ciudadanía, fue el propio consejero quien, ante las preguntas técnicas, eludió responder y solicitó auxilio a los funcionarios de la Gerencia de Desarrollo Económico y al asesor Carlos Barrera para que contestaran por él, pese a que este último contradijo en sesión la intención de Romero en mérito a la negativa de PRODUCE. Limitarse a leer (con mucha dificultad) y no poder sustentar el fondo de un proyecto del que se es autor y principal impulsor es, en el debate público y político, una muestra de ser un consejero incapaz de defender sus ideas.
Consejero copia y pega
Del mismo modo, calificamos el dictamen como un «monumento a la negligencia, un copia y pega mecánico de informes previos«. Esta no es una frase lanzada al aire. Es la conclusión de una simple compulsa de documentos. El Dictamen N° 01-2025-GRA/CR-COPPA (páginas 128 a 132 del expediente) en su sección de «Análisis» (donde debió analizar este consejero) no es más que un copia y pega de los argumentos y del marco legal ya expuestos en el Informe N° 011-2025-GRA/GRDE y en el Informe Legal N° 395-2025-GRA/GRAJ, entre otros. No se advierte un análisis crítico, un razonamiento propio o un valor agregado por parte de la comisión que preside el Sr. Romero, cuyo trabajo, remunerado con fondos públicos, es precisamente deliberar y fiscalizar, no simplemente copiar y pegar las conclusiones de las áreas administrativas. Eso podría ser asimilado como una renuncia a la función de fiscalizar y convierte al Consejo Regional de Áncash -máxima autoridad regional- en una simple mesa de partes.
¿El club empresarial de Félix Romero?
El consejero Romero niega que la norma propusiera un «embudo» o un «club exclusivo» para beneficiar a ciertas empresas. Faltaría a su deber si no leyera con atención el Artículo Quinto de su propio proyecto de ordenanza, el cual textualmente señala: «Para participar en el PAAR, es requisito indispensable que el establecimiento se encuentre inscrito en el ‘Registro Regional de Establecimientos Pesqueros Artesanales del PAAR’, la misma que se encuentra a cargo de la Dirección Regional de Producción del Gobierno Regional de Áncash».
Traducido a simple para los ancashinos, este artículo crea una barrera de entrada. Establece que la única forma de ser proveedor del Programa de Apoyo Alimentario Regional – PARA (programa estatal que compra este tipo de productos a pescadores) es acogerse a esta nueva ordenanza, hecha a la medida. Esto contraviene flagrantemente los principios de pluralidad de postores, libre competencia y transparencia, pilares de la Ley de Contrataciones del Estado. No es una «afirmación subjetiva«, como alega el consejero; es la consecuencia legal directa de lo que él mismo proponía aprobar. Nuestra labor fue advertirlo.
No somos su portátil
El Sr. Romero se ofende porque nuestra nota advierte sobre un «catálogo de presuntos delitos». Parece olvidar que la función de la prensa en una democracia no es ser un eco complaciente de las autoridades, sino ejercer un control ciudadano y fiscalizar el poder. Cuando un Secretario del Consejo, cuya función es administrativa, elabora un dictamen técnico (hecho admitido por el propio consejero Romero en la sesión y que debería constar en actas), existen indicios razonables del presunto delito de Usurpación de Funciones. Cuando una norma busca limitar la participación de proveedores en un programa estatal, se configura la sospecha de Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido del Cargo o hasta posible colusión.
Nuestra publicación no sentencia, sino que alerta y exige una investigación a la Fiscalía, que es el órgano competente. Usamos los términos «presunto», «podría tipificar» y «apunta a», un lenguaje prudente que denota una sospecha fundada en hechos, no una certeza. El consejero, en su calidad de funcionario, debería saber y ser el primer interesado en que estas dudas se esclarezcan, en lugar de intentar amenazar al mensajero. No somos su portátil para aplaudirlo.
Honor vs. Escrutinio
Resulta preocupante que el consejero Romero, quien se presenta como abogado, confunda conceptos jurídicos elementales. En su carta, alega un ataque a su honor personal, pero no refuta con prueba alguna por qué las afirmaciones de la noticia son «falsas» o «inexactas». No adjunta un solo documento que demuestre que el tope de procesamiento no se elevó de 100 a 800 toneladas, o que el Secretario del Consejo no elaboró el dictamen.
Más grave aún, invoca el animus difamandi (intención de difamar) desconociendo la sólida jurisprudencia que protege el animus criticandi (intención de criticar) cuando se trata de funcionarios públicos y asuntos de interés general. El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia (como el RN 1372-2010, Amazonas), ha establecido que es legítimo cuestionar públicamente la reputación de un político o funcionario cuando se trata de temas de interés público y siempre que los hechos sean verdaderos o, al menos, la persona que los difunde no tenga razones para creer que son falsos.
Es contradictorio que califique la publicación de «sensacionalista» mientras él mismo recurre a un lenguaje hiperbólico como «daño moral de incalculable dimensión«, sin ofrecer sustento alguno. Además, en un lapsus que revela la debilidad de su reclamo, su carta transita de acusar «información falsa» a solicitar que se rectifiquen «inexactitudes«, admitiendo implícitamente que el fondo del asunto no es falso, sino simplemente, desde su perspectiva, es impreciso.
No habrá rectificación
Por todo lo expuesto, al ser la información propalada veraz (en mérito a un expediente que obra en nuestro poder de 134 folios), de interés público y constituir una crítica legítima a la actuación de una autoridad, NO PROCEDEREMOS A RECTIFICAR NI A RETIRAR LA PUBLICACIÓN. No existe fundamento fáctico ni legal para ello.
Seguiremos investigando y exponiendo cualquier acto que atente contra los intereses de la región. Si el consejero Félix Romero López considera que sus derechos han sido vulnerados, está en su facultad acudir a las instancias judiciales, donde gustosamente defenderemos nuestro derecho y deber de informar, y donde deberá probar, esta vez con evidencias, sus afirmaciones.
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