El proceso para la instalación de la esperada oficina de la Superintendencia Nacional de Migraciones en Huaraz sumó un capítulo de controversia tras la reciente visita técnica del superintendente nacional, Juan Ramiro Alvarado Gomez. El alto funcionario arribó a la ciudad con el objetivo de evaluar presencialmente las áreas asignadas dentro del Centro Cultural de Huaraz, una labor que habitualmente delegada en los equipos técnicos e ingenieros de infraestructura de la propia institución.

Durante el recorrido por el recinto municipal, el superintendente fue registrado por nuestro medio mientras manifestaba de forma directa y personal su disconformidad con la distribución de los espacios expuestos. Al percatarse de que sus comentarios y decisiones estaban siendo grabados por Huaraz Noticias, el funcionario interrumpió la actividad para expresar su incomodidad, asistido por su equipo de comunicaciones.
García Chunga confrontó a este medio señalando con el dedo, propio de personas al margen de la ley y afirmando textualmente: «Está prohibido grabar sin autorización. No le digo que no lo haga, pero acá, puede ser una institución pública, pero usted no puede grabar sin la autorización». Acto seguido, interrogó públicamente a su asistente para confirmar si se había emitido algún permiso para la cobertura de la inspección.
Al ser confrontado por los medios respecto al derecho de información en un espacio público, el superintendente mostró un visible ofuscamiento y replicó: «Usted tiene la libertad pero no puede grabar sin la autorización ¿Qué información está cubriendo? No estamos en instalación de la oficina». Asimismo, instó a los reporteros a «revisar el código de los periodistas», argumentando que la presencia de las cámaras vulneraba los protocolos.
El incidente ha generado severos cuestionamientos entre juristas y gremios de prensa, debido a que las afirmaciones del superintendente contradicen el marco legal peruano vigente respecto a las libertades de información y el escrutinio a las autoridades.
De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la Ley del Código de Ética de la Función Pública (Ley N° 27815), los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones y dentro de espacios públicos —como lo es el Centro Cultural de Huaraz— están sujetos al principio de máxima publicidad y control ciudadano. Dado que sus actividades y traslados son financiados con recursos del Estado mediante viáticos y presupuesto público, sus decisiones revisten de un obvio interés social.
La exigencia de una «autorización previa» para grabar a una autoridad en un recinto municipal no posee sustento jurídico en el derecho constitucional peruano, configurándose más bien como un desconocimiento normativo por parte del titular de Migraciones. La ciudadanía huaracina, que aguarda con expectativa la implementación de esta oficina tras la firma del convenio correspondiente, evalúa ahora el perfil de los funcionarios encargados de liderar una de las instituciones más requeridas de la región.
“No es posible que un funcionario actúe así y falta al respeto a Huaraz. Más parece un matón y no a un funcionario”, dijo un testigo luego de escuchar su reacción.
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