El histórico partido Acción Popular se enfrenta a su desaparición legal del sistema político peruano. Tras la decisión del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) de anular sus elecciones primarias, la agrupación ha quedado inhabilitada para presentar candidatos a la Presidencia y al Congreso en 2026. Esta situación, según confirmó la propia dirigencia del partido, activa la normativa que sanciona con la pérdida de la inscripción a las organizaciones que no participen en un proceso electoral de alcance nacional.
La alerta sobre el fin de la vigencia del partido fue ratificada por su Secretario General Nacional, Juan José Abad Cabrera. A través de un comunicado emitido el 13 de diciembre, el dirigente señaló que la Resolución 745-2025-JNE deja a la organización «sin candidatos legalmente definidos para el 2026».

En el documento, Abad Cabrera admite que esta exclusión de la contienda electoral «constituye una causal directa para la cancelación de nuestra inscripción como organización política». Según la Ley de Organizaciones Políticas, si un partido no participa en elecciones de alcance nacional, el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) procede a cancelar su asiento registral, lo que implica la extinción de su personería jurídica.
La decisión del JNE de declarar nulo todo el proceso interno se basó en el hallazgo de vicios graves en la democracia interna del partido. El tribunal electoral determinó que la presidenta del Comité Nacional Electoral (CNE) de Acción Popular, Cinthya Pajuelo Chávez, manipuló el sistema de la ONPE.
Según la investigación, Pajuelo accedió de manera exclusiva al aplicativo informático y reemplazó a 28 delegados —que habían sido legítimamente elegidos por la militancia el 30 de noviembre— por personas que no habían ganado o que ni siquiera figuraban en las listas. Esta adulteración afectó la votación en nueve regiones del país, vulnerando la voluntad de los afiliados.
Aunque la dirigencia del partido calificó la medida de «ilegal» y argumentó que el JNE se extralimitó al anular toda la elección en lugar de solo las mesas impugnadas, el organismo electoral ha señalado que los plazos son definitivos.
La fecha límite para la proclamación de resultados de las primarias es el 15 de diciembre. Debido a este calendario ajustado, el JNE concluyó que es materialmente imposible convocar a nuevos comicios internos sin afectar la seguridad jurídica y el cronograma general de las Elecciones 2026.
En su comunicado, Acción Popular anunció que rechaza enérgicamente el fallo y exige una reconsideración, alegando que se ha transgredido el principio de congruencia procesal. Respaldan su postura en el voto en minoría de los magistrados Martha Maisch y Aarón Oyarce, quienes consideraron que las impugnaciones debieron limitarse al sustento numérico y no a la anulación total del proceso.
Sin embargo, con la decisión mayoritaria del Pleno ya ejecutada y los plazos electorales vencidos, el partido fundado por Fernando Belaunde Terry se encamina a perder su inscripción oficial ante el Jurado Nacional de Elecciones por su inasistencia forzada a los comicios generales.
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