Un pedido de tacha contra la candidatura de Jabico Prudencio Robles Blácido, candidato de Podemos Perú a la Alcaldía Provincial de Huaraz, fue presentado ante el Jurado Electoral Especial de Huaraz.
De acuerdo con el escrito presentado por el ciudadano Wilmer Mariños Vásquez, la solicitud busca que se excluya al candidato por una presunta inconsistencia en la información consignada en su Declaración Jurada de Hoja de Vida, vinculada a una inhabilitación registrada en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles (RNSSC).
El documento sostiene que Robles Blácido habría sido inhabilitado mediante la Resolución Directoral N.° 000848-2020, emitida el 12 de marzo de 2020 por la UGEL Huaylas–Caraz. Asimismo, señala que el recurso presentado contra dicha decisión fue rechazado por el Tribunal del Servicio Civil mediante la Resolución N.° 000912-2023-SERVIR/TSC-Segunda Sala.
Como parte de sus medios probatorios, el tachante adjunta precisamente la resolución de SERVIR y un documento del RNSSC en el que, según el escrito, la inhabilitación figuraba como vigente al 22 de junio de 2026.
El solicitante sostiene que dicha situación tendría consecuencias sobre la candidatura y pide al JEE Huaraz que declare fundada la tacha. Sin embargo, corresponde al órgano electoral determinar si los hechos y documentos presentados configuran efectivamente una causal de exclusión o impedimento electoral.
El propio JNE ha señalado en resoluciones recientes que las tachas constituyen un mecanismo de control de legalidad y que su procedencia debe analizarse conforme a los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios aplicables.