San Luis: Aprueban millonario expediente de saldo de obra de Ruris plagado de errores
El Gobierno Regional de Áncash validó un documento técnico con desfases explícitos entre planos y presupuestos para la escuela de Ruris, omitiendo además las vías de acceso obligatorias para personas con discapacidad y arrastrando deudas de hitos de control previos.
El Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Áncash emitió el Informe de Hito de Control N° 027-2026-OCI/5332-SCC, correspondiente al período de evaluación del 13 al 19 de mayo de 2026, respecto al proyecto de mejoramiento del servicio educativo de la Institución Educativa N° 84162, niveles primaria y secundaria, en la localidad de Ruris, distrito de San Nicolás, provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald. Los hallazgos exponen una cadena de decisiones administrativas y aprobaciones técnicas a cargo de los funcionarios de la entidad que amenazan la viabilidad económica y la ejecución física de la infraestructura escolar.
El origen del colapso del contrato inicial se remonta al proceso de selección convocado el 20 de diciembre de 2021. La buena pro fue adjudicada el 2 de febrero de 2022 al Consorcio «Don Bosco», integrado por Espinoza Contratistas Generales Sociedad Anónima (60% de participación) e ICYCON-Empresa Peruana de Responsabilidad Limitada (40% de participación), suscribiéndose el contrato el 2 de marzo de 2022 por un monto de 5 777 984,73 soles y un plazo de 240 días calendario. El terreno se entregó el 17 de marzo de 2022 y los trabajos comenzaron el 4 de mayo del mismo año, fijando el término contractual para el 29 de diciembre de 2022. Sin embargo, el 20 de septiembre de 2022, el contratista y la supervisión suspendieron el plazo debido a que la entidad acumuló tres valorizaciones mensuales consecutivas impagas. Aunque la suspensión se levantó el 2 de febrero de 2023 tras cancelarse las deudas, la obra terminó en situación de abandono total por parte del contratista y de la supervisión. Para el 23 de agosto de 2024, el coordinador de obra reportó un avance físico documentado del 36,10% (2,085,784 soles). Tras una constatación física el 3 de septiembre de 2024, se aprobó la liquidación del contrato el 9 de junio de 2025 mediante la Resolución Gerencial Regional N° 0118-2025-GRA/GRI, determinando que el avance real recalculado era de apenas 17,86% (1,088,047 soles) y fijando un saldo a favor de la entidad de 2 922,833 soles por pagos sobrevalorados, reajustes, penalidades por mora y adelantos no amortizados.
Frente a este escenario de abandono, la Subgerencia de Estudios de Inversiones designó al ingeniero David Rodríguez Minaya para formular el Expediente Técnico del Saldo de Obra. El documento recibió la conformidad del ingeniero evaluador Jury Pavel Lázaro Huerta el 1 de agosto de 2025 y fue aprobado inicialmente el 12 de agosto de 2025 por un monto total de 7,341,176 soles. Posteriormente, el 19 de enero de 2026, mediante la Resolución Gerencial Regional N° 006-2026-GRA/GRI, se corrigió dicho expediente para incorporar el presupuesto del Plan de Contingencia, manteniendo el costo total del proyecto pero elevando el presupuesto directo de la obra a 6,882,791 soles. A pesar de los filtros técnicos previos y las firmas de conformidad, el Subgerente de Supervisión y Liquidación de Obras, Edwin Ernesto Rojas Cueva, tuvo que solicitar formalmente el 11 de marzo de 2026 la nulidad del procedimiento de selección debido a la detección de incompatibilidades críticas e inconsistencias entre los presupuestos y los metrados.
La evaluación detallada de la Comisión de Control reveló fallas graves en el Módulo V, proyectado para el auditorio y los vestuarios. La constatación física previa detallaba que el contratista inicial dejó instaladas 17 columnas de acero (6 vaciadas con concreto y 11 expuestas sin vaciar). A pesar de esto, el formulador del saldo de obra consignó en la planilla de metrados presupuestales el costo total de vaciado para las 17 columnas de forma íntegra. Peor aún, las inspecciones presenciales realizadas por el Órgano de Control los días 6 y 7 de abril de 2026 comprobaron deficiencias de índole estructural: dos vigas de cimentación se empotraron directamente en las zapatas aislando por completo el acero estructural de las columnas, mientras que en los ejes 4 y 6 se constató la inexistencia total de las vigas de cimentación requeridas, contradiciendo los diseños obligatorios de las láminas E15 y E16.
Las deficiencias de diseño se repiten en el Módulo II, correspondiente al bloque de aulas de nivel secundaria. Para la columna de tipo C-2, la planilla de metrados oficiales del saldo de obra asignó un área de sección de 0,29 m2 sobre la base de un ancho fijo de 0,90 metros. No obstante, al revisar los planos de la Losa Aligerada en la lámina E07, se evidenció que la misma columna posee dos dimensiones distintas (0,90 metros y 0,75 metros) en el diseño geométrico. Esta falta de coincidencia altera directamente los cálculos volumétricos de concreto y las cuantías de acero, modificando de forma irregular el presupuesto base y abriendo el camino a futuras adendas o controversias legales durante la fase constructiva.
El aspecto social del proyecto presenta una omisión de carácter legal. El plano de instalaciones sanitarias de agua fría y desagüe del Módulo IV (lámina IS-03) contempla el diseño interior de dos ambientes destinados a servicios higiénicos para personas con discapacidad (damas y varones). Sin embargo, al contrastar esta distribución con el plano de arquitectura y planteamiento general de la lámina PG-02, la Comisión de Control constató la total inexistencia de rampas, pasamanos o corredores de circulación accesibles que conecten dichos servicios con el resto del plantel escolar. El diseño impone barreras físicas mediante desniveles y escaleras exclusivas, vulnerando de manera directa los artículos 2 y 6 de la Norma Técnica A.120 «Accesibilidad Universal en Edificaciones» del Reglamento Nacional de Edificaciones, cuya aplicación es de carácter obligatorio para toda infraestructura de uso público.
Finalmente, el informe recalca que el Gobierno Regional de Áncash opera bajo reincidencia administrativa. El documento oficial expone que la entidad mantiene en estado «No Corregida» la totalidad de las situaciones adversas notificadas en las inspecciones previas. Entre ellas figuran el Informe N° 049-2024-OCI/5332-SCC, que denunció la falta de implementación del plan de contingencia original que obligó a alumnos y docentes a realizar clases en viviendas particulares, y los Informes N° 123-2024-OCI/5332-SCC y N° 10-2025-OCI/5332-SCC, que alertaban sobre retrasos sistemáticos en la obra y demoras prolongadas en la liquidación del primer contrato. Ante este panorama, la Jefa del Órgano de Control Institucional, Luz Juanivel Córdova Oruna, remitió el oficio N° 0704-2026-GRA/ORCI al Gobernador Regional, Fabian Koki Noriega Brito, otorgándole un plazo perentorio de cinco días hábiles para que comunique las acciones correctivas adoptadas, sustentadas documentalmente, a fin de mitigar los riesgos presupuestarios y los vicios técnicos estructurales que los propios funcionarios de la región validaron.