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PJ decide que Morillo siga en prisión: “Sus propiedades están ubicados en otra provincia”

El Poder Judicial en resolución acepta que “no interpretó adecuadamente los arraigos familiar y domiciliario” y está acreditado existiendo una errónea comprensión respecto del arraigo laboral aceptando su error el órgano jurisdiccional. Por lo que seguirá en prisión.

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El Poder Judicial en resolución acepta que “no interpretó adecuadamente los arraigos familiar y domiciliario” y está acreditado existiendo una errónea comprensión respecto del arraigo laboral aceptando su error el órgano jurisdiccional. Por lo que seguirá en prisión.

 

Juan Carlos Morillo Ulloa solicitó en las últimas semanas mediante su defensa técnica la revocatoria de la resolución de prisión preventiva y pasar a comparecencia simple, uno de los argumentos más fuertes de este fue que el aún gobernador regional tiene propiedades en la costa de Ancash a su nombre. Esto en el caso que donde se le acusa de ser autor del delito de colusión.

 

Durante la audiencia, la hipótesis fiscal Robert Rojas Ascon se da principalmente en que los investigados -entre los que se encuentra Morillo Ulloa- tuvieron participación delictiva durante la elaboración del expediente técnico, su aprobación y la suscripción del contrato para la ejecución de la obra consistente en el IOARR para los ambientes COVID.

 

Por otro lado, el representante de la Fiscalía para confirmar que se haya cometido el delito de Colusión Agravada, presentó los elementos de convicción que han sido oralizados por el Fiscal, los mismos que ha sido precisados respecto a su contenido y vinculación por el Juez de primer grado.

 

Los documentos por los que el Poder Judicial (PJ) decidió que Morillo aún continúe en prisión fue porque hay 5 pruebas que lo vinculan directamente en el acto colusorio con la empresa:

 

  1. Oficio N° 111 – 2020 – GRA/GR. Del 29 de abril del 2020.
  2. Informe Pericial Contable. Del 08 de enero del 2021.
  3. Informe Pericial Civil N° 02-2021/FPCEDCF-DFA/PIC-AAC. Del 08 de enero del 2021.
  4. Resolución Ejecutiva Regional N°125-2020-GRA/GR. Del 12 de junio de 2020.
  5. Dictamen CD N° 317- 2020/DGR-SIRE. Del 17 de julio del 2020. (Nuevo elemento de convicción)

Sobre la crítica a que no se interpretó adecuadamente los arraigos familiar y domiciliario está acreditado y que existe una errónea interpretación respecto del arraigo laboral aceptando su error el órgano jurisdiccional.

 

“Resulta verosímil la alegación del recurrente en cuanto a la acreditación del arraigo familiar dado que son proposiciones fácticas innegables de que el procesado tiene hijos menores de edad con los cuales cumple su rol paternal de manutención y otras atenciones, situación empírica que ha sido acreditada con documentos idóneos, por ello, este Tribunal discrepa con la valoración efectuada por el A quo efectuado al respecto” dijo en su resolución en PJ.

 

En cuanto al arraigo domiciliario, la defensa técnica presentó documentación que acredita que el investigado tiene lugar de residencia habitual en la ciudad de Chimbote y, además es propietario de dos bienes inmuebles signado en las partidas registrales P09071267 y P09010920, bienes ubicados en el Distrito de Nuevo Chimbote, pero el domicilio y los bienes -según el Poder Judicial- “están ubicados en otra provincia”, siendo lo idóneo que se tenga el arraigo referido en la misma jurisdicción donde se le está investigando, ello porque genera mayores garantías de aseguramiento y el cumplimiento de las reglas que se puedan dictar.

 

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