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Ancash

Parada Pedregal Clausurado en forma Definitiva.

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Municipalidad de Huaraz, mediante Resolución de Gerencia de Servicios Públicos 050-2020, impuso poder de autoridad.

 

Frente a los diarios, reclamos que emprendieron los vecinos del barrio el Pedregal, solicitando el desalojo de los vendedores informales que desde hace 11años tenían bajo su poder los terrenos destinados para un área verde, y luego para un parque bicentenario.

La complacencia por parte de la Policía Nacional, en poner en marcha la solicitud de desalojo a los vendedores de la parada Pedregal, argumentando una serie de pretextos.

Por último, la desafiante actitud tomada por parte de los vendedores de la parada Pedregal, al no asumir con responsabilidad, cumplir con la cuarentena al ponerse a conocimiento los 24 casos positivos que arrojo el tamizado de pruebas rápida, hicieron caso omiso, atendiendo en sus actividades diarias, como si nada pasará.

Fue el detonante para que, la comuna local, a través de la Gerencia de servicios Públicos mediante la Resolución 0050-2020-MPH-GSP, resuelva:

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR LA CLAUSURA DEFINITIVA DEL MERCADO INFORMAL DE PEDREGAL, ubicado entre: el Jr. Gabino Uribe, Jr. Rafael del Casto, Jr. Bartolomé Herrera y el Jr. Inés Huaylas, en el sector urbano de Pedregal Medio distrito de Huaraz, provincia de Huaraz, departamento de Ancash; como medida preventiva y correctiva de seguridad, sanidad, salubridad y por ocupar área restringida para el comercio.

ARTÍCULO SEGUNDO: ESTABLECER LA EJECUCIÓN INMEDIATA DE LA CLAUSURA DEFINITIVA DEL MERCADO INFORMAL DE PEDREGAL, por considerarse una medida correctiva para garantizar la seguridad, sanidad, salubridad de la población y por encontrarse ocupando un área restringida para el comercio. Restaurando la situación física de la zona, a su genuina condición legal, como espacio público (Zona de Recreación Publica – ZRP) de administración municipal, conforme lo establecido en el plan de desarrollo urbano PDU, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 001-2017- MPHZ, y de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley de Procedimiento Administrativo General y la Ordenanza Municipal Nº 028-2003-GPH.

ARTÍCULO TERCERO: Poner de conocimiento de la Policía Nacional y el Ejército, el presente Resolución, para las coordinaciones necesarias, a fin de efectivizar su cumplimiento.

ARTÍCULO CUARTO: Comuníquese la presente a los interesados conforme lo establece la Ley de Procedimiento administrativo General, a fin de adquirir la eficacia correspondiente.

 

 

 

 

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