Denuncias

Hospital de Huaraz no registró 896 adquisiciones en el 2023 en página de OSCE

Son 419 órdenes de compra y 470 órdenes de servicio no fueron registradas en el sistema electrónico.

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La Contraloría General de la República emitió el Informe de Acción Posterior N° 29541-2023-CG/PREVI al Hospital “Víctor Ramos Guardia” de Huaraz, señalando una conducta de falta de transparencia durante la gestión del Dr. Douglas López durante todo el 2023 ya que no se registraron órdenes de compra y de servicio en el SEACE de OSCE.

El informe identificó que la entidad no registró en el sistema electrónico 419 órdenes de compra y 477 órdenes de servicio por montos que cada uno no supera las 8 UITs (S/. 39,600 soles), emitidas durante el año pasado.

Esta omisión no permite el acceso a la consulta ciudadana, el control social de las actividades y acciones de los funcionarios y servidores públicos, así como la supervisión y control que puedan ejercer otras entidades respecto al uso correcto de los fondos públicos.

De acuerdo con la normativa vigente, las entidades están obligadas a registrar en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado, dentro de los plazos correspondientes, todas las órdenes de compra u órdenes de servicio emitidas durante el mes, inclusive aquellas que fueron anuladas. El OSCE realiza acciones de supervisión para verificar el cumplimiento de esta obligación.

La Contraloría obtuvo información del Portal de Datos Abiertos del OSCE y del Sistema Integrado de Administración Financiera, evidenciando que el Hospital emitió setecientos cuarenta y un órdenes de compra y setecientos ochenta órdenes de servicio en el período evaluado, pero solo registró trescientos veintidós órdenes de compra y trescientos trece órdenes de servicio en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado.

Esta omisión vulnera el principio de publicidad que rige las contrataciones del Estado y la normativa estableció procedimientos para la adopción de medidas correctivas en estos casos, situación que deberá ser valorada por el titular de la entidad en el marco de su potestad disciplinaria.

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