DIRESA: Marco La Rosa y Yurin Valdivia serían denunciados por Negociación Incompatible
La designación del regidor provincial de Huaraz en la Dirección Regional de Salud Ancash viola la Ley de Contrataciones y expone irregularidades en la gestión regional.
El reciente nombramiento de Yurin Valdivia Huamán como Director Ejecutivo de Salud Comunitaria en la Dirección Regional de Salud Ancash (DIRESA) ha generado una nueva crisis que podría derivar en serias implicaciones legales para los funcionarios del Gobierno Regional de Ancash, actualmente bajo la administración del Movimiento AGUA. La Resolución Gerencial Regional 178-2025-GRA/GGR oficializa su designación, emitida el 26 de marzo de 2025, no solo transgrediría la Ley de Contrataciones del Estado, sino que también pone en evidencia el aparente favoritismo con el que se toman las decisiones en el GORE Ancash y que todo terminaría una denuncia por negociación incompatible.
El artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado establece con claridad los impedimentos para contratar con el Estado, incluyendo a los regidores municipales, quienes no pueden participar ni directa ni indirectamente en procesos contractuales con entidades públicas en su jurisdicción. Este principio busca evitar conflictos de interés y garantizar la transparencia en la administración pública. Sin embargo, Yurin Valdivia, actual regidor de la provincia de Huaraz —donde se encuentran las instalaciones de DIRESA— fue designado bajo la modalidad CAS Funcionario, una decisión que ignora su condición de autoridad municipal y su vínculo directo con el ámbito territorial del cargo. Algo que no ocurría con su cargo anterior en la Red de Salud Huaylas Norte, ubicado en Caraz, pues no estaba dentro de la ubicación geográfica del lugar donde ejerce el cargo de regidor.
A pesar de eso, el Gerente General del Gobierno Regional Marco La Rosa firmó la resolución de designación con un informe técnico del área de Recursos Humanos que asegura que Valdivia «no se encuentra impedido ni inhabilitado para el ejercicio de la función pública». Este argumento ha sido cuestionado por un abogado, quienes señalan que dicha interpretación contradice el espíritu y letra del marco normativo vigente. La omisión del impedimento establecido por el artículo 11 podría configurar el delito de negociación incompatible, tipificado en el Código Penal peruano, al facilitar un nombramiento que claramente vulnera las disposiciones legales. Por este caso sería denunciados por presunta Negociación incompatible el Gerente General, el regidor y el Jefe de Recursos Humanos que firmó el informe.
De confirmarse las irregularidades, las consecuencias legales incluirían una sentencia penal contra los responsables directos e indirectos.