La Contraloría General recomendó a la Dirección Regional de Salud (Diresa) de Áncash garantizar la transparencia y el cumplimiento de las políticas establecidas para la adquisición de bienes y la contratación de servicios en el marco de la Emergencia Sanitaria COVID-19, de manera que se asegure la idoneidad y oportuna distribución de los equipos de protección personal a los profesionales del sector salud.
En el Informe de Visita de Control N° 3924-2020-CG/GRAN-SVC se observó que hasta el 28 de abril, fecha de la supervisión, el proveedor encargado de abastecer a la entidad con dos mil mascarillas N 95, no cumplió con la entrega en la fecha establecida, incumpliendo con lo dispuesto en el “Documento Técnico de Prevención Diagnóstico y Tratamiento de Personas Afectadas por COVID-19 en el Perú” que determina asegurar la disponibilidad del material para el uso de los trabajadores de salud en cantidad y calidad adecuada.
Además, se precisa que el requerimiento para los equipos de protección personal se realizó sin acreditar las especificaciones técnicas, las mismas que fueros regularizadas después de emitir los pedidos de compra. Fue así que el 25 y 31 de marzo la Dirección de Medicamentos Insumos y Drogas solicitó al Área de Logística de la Diresa la adquisición de estos; sin embargo, recién el 8 de abril presentó las especificaciones técnicas, es decir, las órdenes de compra se emitieron a los proveedores sin contar con dichos requisitos.
Tras ser consultado por la comisión de auditores, el director de Medicamentos Insumos y Drogas de la Diresa aseguró que las especificaciones técnicas se hicieron de manera presencial con el área de Logística, en base a los requerimientos que establece el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (CENARES), sin embargo, no se dejó constancia de ello.
El documento, también precisa que la Diresa contrató a otro proveedor para la adquisición de gorros descartables de enfermería, guantes para examen descartable de nitrilo sin polvo, protectores oculares descartables, mascarillas descartables quirúrgicas de tres pliegues y botas descartables cubre calzado para cirujano; por un total de S/ 390,450.00.
De acuerdo al contrato, el proveedor tenía un plazo de tres días para cumplir con abastecer los equipos de protección especial; no obstante, la entrega se hizo con una semana de retraso. Además, el responsable del almacén dio conformidad al ingreso de algunos bienes a pesar de que no cumplían las especificaciones técnicas. La Diresa debía adquirir guantes para examen descartable de nitrilo pero en su lugar recibió guantes descartables de látex. Pese a ello, la entidad cumplió con el pago total a la empresa proveedora.
Se identificó, además, que otro de los proveedores viene entregando la indumentaria de manera parcial. Durante la visita al almacén el 17 de abril, se advirtió que hasta esa fecha la empresa encargada de abastecer de mandilones y mamelucos a la Dirección Regional de Salud no había entregado la totalidad de los bienes. Por ejemplo, de los 800 mamelucos descartables requeridos, el proveedor solo entregó 675, de igual forma, de los 5 mil mandilones desechables talla M solo llegaron a almacén 210 unidades, pese a ser una contratación directa en el que el proveedor debe contar con la disponibilidad inmediata de los bienes contratados.
Otra de las observaciones radica en que la entidad contrató el servicio de transporte de medicamentos e insumos médicos para el año 2020, bajo la modalidad de contratación directa por la emergencia sanitaria, por S/ 190,000.00 aun cuando no se encontraba en la relación de bienes y servicios aprobado en el Plan de acción, vigilancia, contención y atención de casos del nuevo covid-19, lo que limitó que otras empresas puedan participar y con ello acceder a mejores ofertas del mercado.
Las situaciones adversas identificadas fueron comunicadas al titular de la Dirección Regional de Salud para que, de acuerdo a sus competencias, adopte las medidas preventivas y correctivas que aseguren la continuidad del servicio y oportuno abastecimiento de Equipos de Protección Personal a los profesionales de la salud, las mismas que deberán ser comunicadas al Órgano de Control Institucional de la DIRESA.
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