“Cocinero” sería excluido por no declarar sentencia en su hoja de vida
El candidato Enrique Vargas, conocido con el alias de “El Cocinero” enfrenta un proceso sancionador por no declarar sentencia y remate de un inmueble. El caso terminaría nuevamente en una sentencia por mentir en la hoja de vida, recordemos que sería reincidente.
Enrique Máximo Vargas Barrenechea, candidato con el número 1 a la Cámara de Diputados por la circunscripción de Áncash bajo el Partido Verde, enfrenta un procedimiento sancionador iniciado por el Jurado Electoral Especial de Huaraz. La medida se basa en el Informe de Fiscalización N° 000016-2026, el cual advierte que el postulante, conocido en el ámbito local como alias «El Cocinero», no registró una sentencia civil en su Declaración Jurada de Hoja de Vida. Al completar el rubro VI del formato, destinado a las sentencias fundadas por incumplimiento de obligaciones alimentarias, contractuales o laborales, el candidato marcó la opción que indicaba no tener información por declarar.
Los registros de la Corte Superior de Justicia del Santa muestran una secuencia documentada que difiere de la declaración del candidato. En el año 2014, Vargas Barrenechea y su copropietaria Betty Huillcanina suscribieron un contrato de préstamo con garantía hipotecaria a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa S.A.. Ante la falta de los pagos correspondientes (que coloquialmente se le conoce como “cabeceo”), la entidad financiera finalizó el contrato e interpuso una demanda de ejecución de garantías. El 11 de junio de 2019, el Primer Juzgado Civil de Chimbote falló a favor de la caja municipal, ordenando el remate judicial de un inmueble ubicado en el Centro Poblado de Monterrey, en el distrito de Independencia, provincia de Huaraz. El objetivo de esta disposición era cubrir una deuda pendiente de S/ 124,742.85, sumado a los intereses y los costos del proceso. Esta resolución quedó consentida en septiembre de ese mismo año, al no registrarse apelaciones por parte de los demandados.
Afrontar contingencias financieras y procesos de cobranza es un escenario que atraviesan diversos ciudadanos en el país; el aspecto que evalúa la autoridad electoral no es la existencia de la deuda comercial, sino la obligación de mantener la transparencia ante el electorado al momento de detallar el historial judicial. La Ley de Organizaciones Políticas y el Reglamento de la Declaración Jurada de Hoja de Vida establecen el deber de consignar este tipo de sentencias firmes para que la población vote informada.
De acuerdo con el Jurado Nacional de Elecciones, la omisión de una sentencia en la hoja de vida constituye una causal que podría derivar en la exclusión inmediata de un candidato del proceso electoral. No obstante, se advierte que las autoridades electorales estarían favorecer y aplicar criterios interpretativos que beneficiarían al señor Vargas, quien mantiene arraigo en Lima, donde cuenta con poder económico, propiedades y actividades empresariales.