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Ancash

Carta notarial de Víctor Síchez y la respuesta de Huaraz Noticias

El Gerente General del Gobierno Regional de Ancash emite carta notarial a nuestro medio de comunicación.

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El 26 de noviembre del 2021 Huaraz Noticias informó bajo el siguiente titular “Allanan casa del gobernador mientras juez Rubén Yauri Ramírez rechazó pedido de detención preliminar”, información que fue proporcionada de primera mano por el Fiscal a cargo de la intervención, Dr. Robert Rojas Ascón, mediante una entrevista a diferentes medios de comunicación de la ciudad de Huaraz. Posteriormente, el aludido Gerente General del Gobierno Regional de Áncash Víctor Sichez Muñoz envía una carta notarial que a continuación respondemos.

Nuestra Respuesta

Previamente, es imperativo esclarecer la fecha de llegada de esta carta notarial. La misiva está fechada el 26 de noviembre del 2021, sellada por el notario el 30 de noviembre del 2021, pero fue dejada por debajo de la puerta en nuestras instalaciones ayer 01 de diciembre del 2021. A continuación la respuesta:

Primero, en cuanto al contenido de la nota informativa del 26 de noviembre del 2021, donde se afirma que su vivienda fue intervenida, es importante dilucidar que fue en mérito a la primera entrevista que el Fiscal Rojas Ascón brindó a Huaraz noticias manifestando -en primera instancia- “hemos intervenido la vivienda del gerente general” y -posteriormente- añadir “así es, la vivienda intervenida es la del ex gerente general” evitando en todo momento dar nombres. Esto generó la confusión en un gran sector de la prensa quienes creímos que ambos funcionarios fueron allanados.

Segundo, que la información a la que usted hace referencia fue oportunamente aclarada (pudiendo verificarla en este enlace) y en mérito a la Resolución N° 02 del Expediente 01463-2021-2-0201-JR-PE-01 donde en el artículo segundo se resuelve autorizar el allanamiento de 5 personas -entre ellos- en gobernador provisional Henry Augusto Borja Cruzado y el ex gerente general Frank Alejandro Cerna Toledo. Queda claro -entonces- que la vivienda del actual Gerente General Víctor Sichez Muñoz no fue allanada.

Tercero, como medio de comunicación levantamos nuestra voz de protesta puesto que usted –como buen funcionario de Henry Borja– intenta desmerecer las acciones de los Defensores de la Legalidad, con autonomía, como es la Fiscalía de Ancash, cito la carta notarial “por el sólo mérito de una intervención de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción” lo que sugiere que la lucha contra la corrupción durante su gestión pareciera rezagada.

Cuarto, invocando la Resolución 688-2019, perteneciente al Expediente 6730-2017 de Sala Superior Especializada Penal Descentralizada de San Juan de Lurigancho, que aclara –respecto a su pretensión que nuestra representada haga la rectificación en 5 medios de comunicación-, que la enmienda debe ser proporcional a la publicación imprecisa por lo que nos limitamos a la corrección únicamente en nuestro medio de comunicación. El pedido del Gerente General -en este extremo- carece de fundamente por lo que le recomendamos mayor pericia en gestionar asesoría legal.

Jurisprudencia

En cuanto a la acusación que se nos atribuye por el presunto delito de difamación, es importante citar el fundamento séptimo de la Resolución N° 0927 de noviembre del 2017, recaído en el Expediente N° 5454-15, de la Segunda Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos Libres, puesto que es importante analizar la presencia del animus difamandi en esta nota informativa.

“(El querellante) no hizo la valoración en cuanto a la tipicidad subjetiva; es decir no se analizó el dolo con que hubiese actuado el sentenciado, aún más si la naturaleza del delito imputado es un delito que tiene como bien jurídico protegido el honor de la persona humana y como lo es en los delitos de difamación se precisa del elemento fundamental que en la doctrina penal se denomina «animus difamadi» por parte del encausado, esto es que tenga la voluntad específica de lesionar el honor de la agraviada”, reza el fundamento séptimo.

Sobre este último -realizando un análisis imparcial- el Consejo Editorial de Huaraz Noticias no halló algún indicio de animus difamandi en la nota informativa producto de esta carta notarial, cito “Viviendas (…) del actual gerente general Víctor Sichez también fueron intervenidos”, puesto que la atribución de un allanamiento no constituye elemento de convicción para desacreditar a nadie, conducta dolosa o grave daño contra el honor puesto que todos los funcionarios públicos -según el principio 11 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH- están sujetos al escrutinio público de la sociedad y los medios de comunicación.

Las notas suscritas por Huaraz Noticias son producidas por miembros de nuestra redacción bajo la supervisión del editor antes de ser publicadas. Esto significa que se implementó un equipo editorial que evalúa los temas antes de publicarse, salvo tengan firma distinta a esta. Si usted tiene algún comentario sobre nuestro trabajo, comuníquese con nosotros.

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