Los magistrados de la Sala Penal
Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Áncash (CSJAN),
sentenciaron a ocho años de pena privativa de la libertad efectiva a Wilder Carlos Fitzcarrald Bravo (exalcalde
provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald), Mibsam Goodman Carbajal
Sánchez, Rosell Antonio Fitzcarrald Bravo, Máximo Serafín Carbajal Sánchez, Elías Teodoro
Falcón Ramírez, Próspero Wilder Falcón Ramírez, Fortunata Victoria Bravo
de Falcón, Ricardo Urbano Alegre Mendoza, Hayden Homero
López Cotrina, Wendy Raisa Ruíz Moreno, Rosi Meri Moreno Cotrina,
Vidal Antonio Toro Moreno, Carlos Fitzcarrald Sánchez, Julio Walther
Dueñas Carrasco, Elizabeth Cabello Bravo, Tomás Ontón Coronado y César
Augusto Salvador Calixto por ser coautores de la comisión del
delito de Lavado de Activos, en agravio de la Municipalidad Provincial de
Carlos Fermín Fitzcarrald y el Gobierno Regional de Áncash.
Dicha
condena se computará desde la fecha en que los sentenciados sean internados en
el Establecimiento Penitenciario de Huaraz, con el descuento de la carcelería
que han sufrido los condenados privados de su libertad.
Asimismo,
el Colegiado fijó en dos millones de Soles el monto de la reparación civil que
los sentenciados pagarán solidariamente a favor de la parte agraviada; además
les impuso la pena de 200 días multa, a razón de dos Soles diario, que deberán
abonar dentro de los diez días de pronunciada la sentencia.
De otro
lado fueron absueltos Róger Misael y Amet Celin Rodríguez Tarazona, procesados
por la comisión del delito de Lavado de Activos en agravio de la Municipalidad
Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald y el Gobierno Regional de Áncash.
De igual
forma fueron absueltos de la acusación fiscal por la comisión del delito Contra
la Administración Pública – Peculado, en agravio de la Municipalidad Provincial
de Carlos Fermin Fitzcarrald los procesados: Wilder Carlos Fitzcarrald Bravo
(autor), Mibsam Goodman Carbajal Sánchez y Secundino Quiliche Luera (cómplices
primarios).
Los
procesados Wilder Carlos Fitzcarrald Bravo, Lastenia Ernestina Zaragoza
Saavedra, Mibsam Goodman Carbajal Sánchez, Ronal Orompelio Silva Montesinos,
Román Alejandro Mendoza Montes, Emilio Ignacio Meza Martínez, Eloy Lucio
Caballero Cerna, Segundo Quiliche Luera, Manuel Santillán Maquín, Miguel Ángel
Ponce Herrera, José Alejandro Narváez Soto, Francisco Espinoza Mancisidor,
Ronald Walter Castillo Chauca, Marco Homero López Cotrina, Carmen Amelia Cerna
Nieves, Georging Yopan Linares, Isaac Aurelio Vidal Bermúdez, Verónica Flor
Blanco Espinoza, Wilmer Daniel Cabello Cerna, Máximo Serafín Carbajal Sánchez,
Charles Anderson Meza Villarreal, Silverio Elmer Reyes Sánchez, Andrei Mijail
Díaz Pacheco, Edward Stalin Meza Villarreal fueron absueltos de la acusación
fiscal por la comisión del delito contra la Administración Pública – Colusión
Ilegal, en agravio de la Municipalidad Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald
y el Gobierno Regional de Ancash.
En la
resolución judicial se declaró fundada la excepción de naturaleza de acción deducida
durante el juicio oral en el proceso que se les siguió en calidad de cómplices
secundarios, por el delito de Lavado de Activos en agravio de la Municipalidad
Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald y el Gobierno Regional de Áncash a
favor de los acusados Solana Teófila Espinoza de Blanco, Maximiniano Dionico
Ramírez Quiroz, Silvio Hugo Solís Vega y Rosa Hortencia Arana de Gambini.
De igual
forma, se declaró fundada la excepción de prescripción de la acción penal
deducida durante el juicio oral en beneficio de los acusados Horacio Wilfredo,
Pilar Dina, Luz Catalina Salvador Calixto, Wenceslao Wilfredo Fierro Trejo,
Ricardo Jaque Castillo, Máxima Barreto viuda de Espinoza, Raphael Calvo Vega,
Domingo Donato Mayo Cabello, Miguel Ángel Trujillo Valencia, Julia Hilaria Vega
Cerna, Carlos Francisco Regalado Olivares, Honorato Trujillo Díaz, Róger
Pajuelo Fernández, Héctor Tarazona Mayo, Manuel Martín Meléndez Amez, Agustín
Emiliano Reynalde Rosales, procesados como cómplices primarios – extraneus de
la comisión del delito Contra la Administración Pública – Colusión Ilegal, en
agravio de la Municipalidad Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald y el
Gobierno Regional de Áncash.
Los jueces
superiores también declararon de oficio fundada la excepción de prescripción de
la acción penal a favor de los procesados Carmen Amelia Cerna Nieves, Georging
Yopan Linares, Marco Homero López Cotrina, Walter Magno Apolinario Tarazona,
Tomás Ontón Coronado y Lastenia Ernestina Zaragoza Saavedra en el proceso que
se les siguió en calidad de cómplices primarios por el delito Contra la Fe
Pública – Falsificación de Documentos en General, en agravio de la
Municipalidad Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald y el Gobierno Regional de
Áncash.
En tanto se dejaron sin
efecto las requisitorias impartidas en contra de Héctor
Tarazona Mayo y Agustín Emiliano Reynalde Rosales y se reservó el
juzgamiento en contra de Alexander Medina Flores y Walter Magno Apolinario
Tarazona, disponiéndose su requisitoria.
El
Colegiado estuvo compuesto por los jueces superiores, doctores María Isabel
Velezmoro Arbaiza, Edison Percy García Valverde (director de debates)
y Walter Correa Llanos.
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