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La reforma del código penal

Dr. Edhín Campos Barranzuela

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Mucha polémica ha causado en la comunidad jurídica y en la opinión pública nacional, la probable aprobación del Código Penal en la presente legislatura del Congreso de la República.


Diversos especialistas en la materia se han pronunciado de las diversas formas, a fin de que al término del presente régimen gubernamental, se suspenda todo tipo de debate jurídico, toda vez que el presente gobierno se encuentra de salida.


Puede que cierto sector de la comunidad forense, política y parlamentaria tengan razón, sin embargo es necesario que este importante cuerpo punitivo, tan relevante después de la Constitución Política del Estado, requiera de un mayor análisis y debate nacional de los propios protagonistas y así llevar una propuesta técnica al nuevo Congreso Nacional.


Resulta importante  realizar todo un debate a nivel nacional, para que exista pronunciamiento de los Colegios Profesionales, Universidades, Poder Judicial, Ministerio Público, Academia de la Magistratura, Policía Nacional, opinión pública, entre otros actores, a fin de abordar temas como: la despenalización o no del aborto a causa de una violación, de la eutanasia, de los delitos contra la libertad de expresión, la imprescriptibilidad de las acciones para los delitos contra la administración pública, la proporcionalidad de las penas, la responsabilidad penal de las personas jurídicas, así como también derogar la responsabilidad restringida para los adolescentes, entre otras figuras jurídicas.


El Código Penal de 1991 a la largo de estos cinco lustros, ha sufrido cerca de quinientas modificaciones y hemos asistido a un Derecho Penal de Coyuntura, que ha permitido que ha penas sucedan hechos de carácter emblemático, inmediatamente se modificaba el tipo penal y se incrementaban las penas, por ello hoy el Código Penal es más severo y criminológico que hace más de cincuenta años, sin embargo el incremento de las penas, no ha significado la disminución de la delincuencia, ni la criminalidad organizada, toda vez que el principal problema que tenemos en nuestro país, es precisamente la delincuencia en todas sus modalidades existentes y por ende las cárceles se encuentran llenas de delincuente.


En tal sentido durante estas últimas semanas ha existido mucho cuestionamiento a muchas figuras jurídicas que se pretenden modificar del Código Penal y que obviamente requieren de un mejor estudio técnico legislativo y estas figuras son:


El Sicariato, se propone la cadena perpetua, pero 35 años de prisión como máximo para el genocidio, el Proyecto del Código Penal propone para los casos de violación una pena mayor que para el robo agravado, luego el delito de tortura contempla penas de 5 a 10 años, mientras lesiones leves agravadas alcanzan los 14.


Asimismo en el caso de asesinato para miembros de la PNP, FF.AA. Magistrados y autoridad elegida, se aplica una pena no menor de 25 años ni mayor de 35, el nuevo Proyecto propone una pena de 20 a 35 años. De la misma forma en el caso de lesiones graves seguidas de muerte en caso de autoridades, la pena es de 15 a 20 años, sin embargo en el Proyecto ahora sería de  12 a 15 años. Luego en el caso de violencia contra menores de edad, la propuesta penal sobre faltas contra la persona, solo aumenta la pena, si la víctima es menor de 14 años, dejando desprotegidas a las víctimas cuyas edades oscilen entre 14 y 18 años.


En el caso de aborto, se aplicarán sanciones con 10 a 50 jornadas de trabajo comunitario a las mujeres que aborten, tras ser víctimas de una violación sexual. Sobre el delito de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hizo hincapié que el Proyecto del Código Penal sustituye la tipificación del delito ” explotación sexual infantil “, teniendo en cuenta que un menor de edad no decide prostituirse sino que es obligado hacerlo.


Finalmente se cuestionan las figuras de terrorismo, acoso sexual, abandono de animales, custodia pos penal, chuponeo interferencia de las comunicaciones, reducción de la pena para los delitos de violencia y resistencia a la autoridad, así como la no inclusión de la comunidad homosexual, debido a la eliminación de las categorías de orientación sexual e identidad de género, como categorías protegidas frente a los delitos de discriminación.


Por tal razón consideramos saludable que se deje el tema planteado al próximo Congreso, a fin de que exista mayor debate jurídico y técnico, evitando así la dación de un Código Penal que por deficiencias del Proyecto, solo traería graves problemas a la administración de justicia…se corre traslado.


 


 


 


 

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